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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250184
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 169
UTILIDADES A LOS TRABAJADORES, IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVOCACION CONTRA RESOLUCIONES QUE DETERMINAN LA BASE PARA EL REPARTO DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 169
Recurso de revocación establecido en el artículo 161 del Código Fiscal de la Federación, sólo procede contra resoluciones en las que se determinan obligaciones fiscales de acuerdo al texto del mismo dispositivo legal; por lo que no siendo la determinación de la base para el reparto de utilidades a los trabajadores un crédito fiscal, por no reunir tal resolución los requisitos que define el diverso 18 del ordenamiento legal invocado, no es dable su impugnación por medio de este recurso.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 464/82. Socorro Romero Sánchez. 5 de octubre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Carlos Loranca Muñoz.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "REPARTO DE UTILIDADES A LOS TRABAJADORES, IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVOCACION CONTRA RESOLUCIONES QUE DETERMINAN LA BASE PARA EL.".