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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250191
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 175

VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO. LOS CASOS PREVISTOS POR LOS ARTICULOS 159 Y 160 DE LA LEY DE AMPARO SON EXCEPCIONES A LOS QUE ESTATUYE EL DIVERSO 114, FRACCION IV, IBIDEM.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 175

Precedentes

Amparo en revisión 411/81. Ricardo Hernández Gómez en representación de Rolando R. Rivera Ochoa, apoderado de "Construcciones Protexa", S.A. 20 de julio de 1982. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretaria: Emma Margarita Guerrero Osio.
Registro digital (IUS): 250191