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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 29
ARRENDAMIENTO. CONSIGNACION EN PAGO DE RENTAS NO OPORTUNA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 29
Cuando se demanda al inquilino la rescisión del contrato de arrendamiento por falta de pago oportuno de rentas, no puede oponer la excepción de pago fundada en que las mismas fueron consignadas, si dicha consignación ocurrió con posterioridad a los dos meses que señala el artículo 1999, fracción I, del Código Civil para el Estado de Guanajuato.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 223/82. Alfredo Aguilera Montaño. 30 de junio de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: Lorenzo Palma Hidalgo.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "PAGO DE RENTAS, OPORTUNIDAD DEL.".