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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250233
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 30

ARRENDAMIENTO. DAÑOS AL EDIFICIO. NO SON CAUSA INMEDIATA DE PRIVACION DE GANANCIA LICITA DEL ARRENDAMIENTO DE UN DESPACHO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 30

Precedentes

Amparo directo 1469/81. Manuel Huacuja y Zamacona. 4 de febrero de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "DAÑOS AL EDIFICIO. NO SON CAUSA INMEDIATA DE PRIVACION DE GANANCIA LICITA DEL ARRENDATARIO DE UN DESPACHO.".
Registro digital (IUS): 250233