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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250248
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 41

CADUCIDAD DE LA SEGUNDA INSTANCIA. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA RESOLUCION QUE LA DECLARA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 41

Precedentes

Amparo en revisión 321/81. Marcelino Vázquez Vargas. 11 de marzo de 1982. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Antonio Uribe García. Secretaria: Josefina del Carmen Mora Dorantes.
Registro digital (IUS): 250248