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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250249
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 42
CAREOS, RETRACTACIONES DE LOS TESTIGOS EN LOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 42
Las retractaciones que formulen los testigos en los careos no deben tomarse en consideración, si no se fundan, pues aun cuando los careos son un medio de buscar la verdad histórica en el proceso, ello no puede significar que si en tales diligencias existen retractaciones, las mismas no deben fundarse, pues de no ser así, resultaría que cualquiera que imputara un hecho delictuoso a una persona, en un momento dado, se pusiera de acuerdo con ésta, y al celebrarse los careos se retractara en deterioro de la buena administración de justicia y de la interpretación lógica y jurídica de los medios de prueba allegados al procedimiento.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 226/81. Ignacio Virgilio Martínez. 8 de enero de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores.