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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250273
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 59
DEMANDA DE AMPARO. COPIAS ILEGIBLES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 59
No es motivo de desechamiento el presentar copias ilegibles de la demanda, por no contemplar ese supuesto el artículo 146 de la Ley de Amparo, sino en todo caso de prevención para que se presenten legibles.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Improcedencia 393/82. Luis Flores Echeverría, apoderado de la Asociación de Colonos de la Habitación Popular de la República A.C. 3 de mayo de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Enrique Segura Procelle.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA. COPIAS ILEGIBLES.".