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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250280
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 65
DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO A UN TRABAJADOR QUE PERCIBA SALARIO Y PROPINAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 65
Cuando un trabajador que percibe salario y propinas se dice despedido y el patrón lo niega ofreciendo admitirlo en el trabajo con el mismo salario y en idénticas condiciones, ese ofrecimiento es operante para desplazar la carga de la prueba al actor, aunque haya negado que éste recibía propinas de los clientes, porque tal negativa no implica que en caso de volver al trabajo se le prohiba recibir dichas propinas o se le despojará de las que los clientes pudieran darle, que sería lo que causaría perjuicios al no ser remunerado su trabajo en los mismos términos en que antes lo era, ni entraña el desconocimiento por parte del patrón de una obligación a su cargo, supuesto que por su naturaleza las repetidas propinas no son cubiertas por el patrón.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1961/81. Víctor Montiel Montiel. 25 de enero de 1982. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: Rosa María López Rodríguez.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 39, página 35. Amparo directo 703/71. Dámaso Hernández Oliva. 27 de marzo de 1972. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Rafael Pérez Miravete.