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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250286
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 68
DETENTACION. NO LA PROTEGE EL ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 68
Si los quejosos motu proprio entraron a poseer el inmueble, cuya desposesión reclaman, es claro que éstos no son más que simples detentadores de tal bien y, por esto, tal acto de detentación no lo protege el artículo 14 constitucional.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 158/82. Esteban Rangel Herrera y otros. 17 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretaria: Graciela Guadalupe Alejo Luna.