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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 91
INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES EN MATERIA LABORAL. DESECHAMIENTO DE MEDIDAS PRECAUTORIAS. PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 91
No queda comprendido en el artículo 159, fracción V, de la Ley de Amparo, el desechamiento de un incidente de nulidad planteado, no en cuanto al negocio en lo principal, sino en cuanto, en relación al mismo, se han promovido medidas colaterales como las precautorias que se tramitan por cuerda separada. Consecuentemente, dicho desechamiento del incidente de nulidad no puede reclamarse junto con el laudo, pues éste se ocupará obviamente de las acciones, excepciones y pruebas rendidas por las partes en el negocio en lo principal.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 23/82. Malumin y Cercas Nacionales, S.A. 25 de marzo de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Gerardo Rafael Castillo Marroquín.
Amparo en revisión 9/82. Malumin y Cercas Nacionales, S.A. 25 de marzo de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: José Castro Aguilar.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES. DESECHAMIENTO DE MEDIDAS PRECAUTORIAS. PROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO.".