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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250331
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 103

LIBERTAD, SENTENCIA PENAL NO RESTRICTIVA DE LA. TERMINO PARA LA INTERPOSICION DE LA DEMANDA DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 103

Precedentes

Amparo directo 177/81. Mario Aquino Jerónimo. 4 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Araceli Cuéllar Mancera. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO EN MATERIA PENAL. IMPROCEDENCIA POR EXTEMPORANEIDAD.".
Registro digital (IUS): 250331