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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250345
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 116

NULIDAD FISCAL, DEMANDA DE. EFECTOS DE SU PRESENTACION ANTE LA SALA INCOMPETENTE DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 116

Precedentes

Amparo en revisión 393/82. Papelería Nuñez de Puebla S.A. 16 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: Octaviano Escandón Báez. Amparo en revisión 345/82. Funerales López S.A. 2 de junio de 1982. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: Octaviano Escandón Báez. Amparo en revisión 399/82. Refrescos Veracruz S.A. de C.V. 1o. de junio de 1982. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Waldo Guerrero Láscares. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE NULIDAD. EFECTOS DE SU PRESENTACION ANTE SALA INCOMPETENTE DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.".
Registro digital (IUS): 250345