Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/250357
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250357
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 124
PERSONAS MORALES, COMPARECENCIA DE LAS, EN LAS ETAPAS DE CONCILIACION Y DE DEMANDA Y EXCEPCIONES, DE LA AUDIENCIA RESPECTIVA EN LOS JUICIOS LABORALES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 124
Las personas morales, entre ellas las sociedades mercantiles, no tienen una existencia material y por ello no pueden comparecer físicamente ante la Junta cuando son demandadas, pero pueden y deben hacerlo a través de los órganos que las representan legalmente y que podría decirse que las encarnan, como lo dispone el artículo 27 del Código Civil para el Distrito Federal, que en el caso de dichas sociedades lo son los administradores de acuerdo con el artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, salvo disposición en contrario de la escritura constitutiva, o en todo caso, los funcionarios o empleados de las mismas que representen al patrón ante los demás trabajadores, en los términos del artículo 11 de la Ley Federal del Trabajo, por ser estos últimos quienes estuvieron o pudieron estar en contacto con dichos trabajadores, mas no los apoderados o mandatarios que no tienen por lo general más información acerca de los hechos que la que les proporciona la parte que representan.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 162/81. Productos Nubar, S.A. de C.V. 24 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Pérez Miravete. Secretario: Alfredo Victoria Vargas.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "COMPARECENCIA DE LAS PERSONAS MORALES EN LAS ETAPAS DE CONCILIACION Y DE DEMANDA Y EXCEPCIONES, DE LA AUDIENCIA RESPECTIVA EN LOS JUICIOS LABORALES.".