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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250361
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 127

PRECEPTOS LEGALES, CITA ERRONEA EN LA SENTENCIA DE. NO AGRAVIANTE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 127

Precedentes

Amparo en revisión 166/82. Osvaldo Rivera Selvas. 25 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: María de los Angeles Pombo Rosas. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "AGRAVIO. NO LO CAUSA LA CITA ERRADA DE UN PRECEPTO LEGAL.".
Registro digital (IUS): 250361