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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250365
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 131

PROPINAS, DETERMINACION DE LAS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 131

Precedentes

Amparo directo 2015/81. Arturo Díaz Hernández. 3 de mayo de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 21/91 resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 33/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, número 69, página 18, con el rubro: "PROPINAS, MONTO DE LAS. FORMAN PARTE DEL SALARIO, POR DISPOSICION DE LA LEY, Y DEBE CONDENARSE A SU PAGO CUANDO SE TENGA POR CONFESO AL PATRON."
Registro digital (IUS): 250365