Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/250378
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250378
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 141

RECURSOS ORDINARIOS. DEBEN AGOTARSE PREVIAMENTE AL JUICIO DE GARANTIAS CONTRA RESOLUCIONES JUDICIALES, AUNQUE SU INTERPOSICION NO SUSPENDA LA EJECUCION DE LA RESOLUCION IMPUGNADA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 141

Precedentes

Amparo en revisión 1098/81. Armida González y coagraviado. 14 de enero de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Carlos Loranca Muñoz.
Registro digital (IUS): 250378