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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250406
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 156

SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL. PROMOCIONES Y ACTUACIONES QUE NO IMPIDEN SU DECLARATORIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 156

Precedentes

Amparo directo 229/81. Manuel Ponce San Román. 22 de abril de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Uribe García. Secretario: José Luis Arellano Pita. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO POR INACTIVIDAD PROCESAL. PROMOCIONES Y ACTUACIONES QUE NO IMPIDEN SU DECLARATORIA.".
Registro digital (IUS): 250406