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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 169
TERCERO EXTRAÑO A JUICIO, SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA NO RECLAMADA POR QUIEN SE EQUIPARA A.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 169
Si se reclama la sentencia de primera instancia y todo el procedimiento a partir del emplazamiento, pero no la de segundo grado, a pesar de que el agraviado tuvo conocimiento de la existencia de esta última, ello constituye un escollo que imposibilita el examen de lo reclamado, toda vez que en virtud a la sentencia de segunda instancia cambió la situación jurídica en el procedimiento de donde emanan los actos combatidos y, así, no puede decidirse sobre lo que es materia de la controversia sin afectar la nueva situación surgida virtud a dicho fallo de segundo grado, pues, de lo contrario, la subsistencia de éste constituiría un obstáculo para que, en su caso, el Juez natural ejecutase el fallo protector de garantías.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 3/82. Palemón González Díaz. 18 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Tomás Gómez Verónica.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIA RECLAMADA POR QUIEN SE EQUIPARA A UN EXTRAÑO AL JUICIO EN QUE SE DICTO.".