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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 172
TESTIGOS, VALOR DEL DICHO DE LOS, QUE TAMBIEN TUVIERON EL CARACTER DE DENUNCIANTES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 172
Aun cuando, efectivamente de autos aparezca que algunos de los testigos, además de haber comparecido ante el representante social investigador como denunciante de los hechos ilícitos de que sus representadas fueron objeto, también revistieron el carácter de testigos de cargo en relación con otras denuncias formuladas por diversos ofendidos, sin embargo esto no es bastante para considerar que no son dignos de fe, en atención a que de conformidad con el artículo 108 del Código Procesal de Defensa Social en el Estado, toda persona cualquiera que sea su edad, sexo, condición social o antecedentes, puede ser examinado como testigo, siempre que esté en posibilidad de dar alguna luz para la averiguación de los hechos delictuosos y la responsabilidad del inculpado, máxime si de autos se advierte que antes de rendir sus respectivos testimonios ante la autoridad investigadora fueron instruidos acerca de las sanciones que establece el Código Penal correspondiente para los que se producen con falsedad y sobre todo si su dicho no se encuentra en contradicción con los elementos de convicción que obran en autos.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 35/82. Juan D. Argáez Muñoz y otros. 22 de abril de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Marta Lucía Ayala León. Secretaria: Lidia Beristáin Gómez.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIGOS. QUE TAMBIEN TUVIERON EL CARACTER DE DENUNCIANTES, VALOR DEL DICHO DE LOS.".