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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250433
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 179

VENTA DE COSA AJENA, NULIDAD Y NO INEXISTENCIA DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 179

Precedentes

Amparo en revisión 52/82. Amado Guillermo García Sosa. 25 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Araceli Cuéllar Mancera. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE CONTRATO, LA VENTA DE COSA AJENA PRODUCE LA.".
Registro digital (IUS): 250433