Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/250434
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 180
VIOLACION, TENTATIVA DE. ACTOS QUE NO LA CONSTITUYEN (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 180
De acuerdo con el artículo 68 del Código Penal del Estado de Oaxaca, la tentativa es punible cuando se ejecutan hechos encaminados directa e inmediatamente a la realización de un delito si éste no se consuma por causas ajenas a la voluntad del agente; de donde se desprende que la tentativa requiere actos directos de ejecución del delito, esto es, actos que conducen normalmente a la consumación del delito y no a un resultado diverso y que revelan, por sí mismos, la intención de su autor de cometer el ilícito; de ahí que los actos equívocos y los de significado ambiguo no sean considerados como directos, y por ende tampoco como constitutivos de tentativa, como lo constituye el hecho de que habiendo el inculpado acompañado a la ofendida de un poblado a otro, en el camino la requirió sobre relaciones amorosas, tendiéndole los brazos sobre su cuerpo y que la ofendida hubiera logrado zafarse y esconderse en el monte, pues con esa conducta no puede afirmarse en forma inequívoca que el quejoso ejecutara todos los actos directos encaminados a vencer la resistencia de la ofendida con el objeto de copular con ella mediante la violencia física.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 26/82. Benito Nazario Olivera. 23 de abril de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Jorge Valencia Méndez.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "TENTATIVA, ACTOS QUE NO CONSTITUYEN LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).".