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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250449
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 201

INTERDICTOS DE DEMOLICION Y DE OBRA PELIGROSA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 201

Precedentes

Amparo directo 69/81. Rosalío Meza Rodríguez. 26 de noviembre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: J. Espiridión González Mejía. Secretario: Luis Gutiérrez Vidal. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "INTERDICTOS DE OBRA PELIGROSA Y DEMOLICION.".
Registro digital (IUS): 250449