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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250465
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 231
ORDEN DE APREHENSION CARENTE DE MOTIVACION Y FUNDAMENTACION, EFECTOS DEL AMPARO CONTRA LA.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 157-162, Sexta Parte; Pág. 231
Como la orden de aprehensión reclamada por falta de fundamentación y motivación es un acto de carácter positivo, los efectos de la concesión del amparo otorgado por el Juez de Distrito deberán contraerse a la restitución a los agraviados en el pleno goce de la garantía individual violada, para lo cual debe anularse la orden de captura, de manera que no produzca efecto legal alguno en contra de los recurrentes, y en este orden de ideas la protección federal debe ser lisa y llana y no para el efecto de que el Juez responsable subsane la omisión de falta de fundamentación y motivación de la orden de aprehensión. Sin embargo, el hecho de concederse lisa y llanamente el amparo no significa que la responsable esté impedida para dictar un nuevo auto si lo estima conveniente, pues el amparo al concederse en forma total, sólo anula el auto que no fue correctamente fundado y motivado, pero no restringe el imperio de la responsable para emitir otros actos si así lo estima conveniente.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 145-150, página 343. Amparo en revisión 954/80. Salomón Jiménez Pérez. 5 de diciembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Pedro Castañeda Rosas.
Volúmenes 145-150, página 185. Amparo en revisión 152/80. Celestino José Pérez y otros. 30 de enero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Rosalía Moreno Ruiz.
Volúmenes 145-150, página 185. Amparo en revisión 178/80. Cirilo Canseco Hernández y otra. 13 de marzo de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Borrego Martínez. Secretaria: Araceli Cuéllar Mancera.
Volúmenes 151-156, página 125. Amparo en revisión 726/81. Octaviano Vázquez Ambrosio. 11 de septiembre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Pedro Castañeda Rosas.
Volúmenes 157-162, página 119. Amparo en revisión 588/81. Roberto Yáñez Cruz y otra. 4 de junio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretario: Justino Baltazar Castellanos.