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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250491
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 28

ARRENDAMIENTO, AVISO PREVIO SOBRE TERMINACION DE UN CONTRATO DE. CONSTITUYE UN ACTO DE ADMINISTRACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo directo 419/81. Jorge Retana Zamudio. 16 de julio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Raymundo A. Martínez Rebolledo. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 40/90 resuelta por la Tercera Sala, de la que derivó la tesis 3a./J. 5/92, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Número 52, página 14, con el rubro: "ARRENDAMIENTO. EL MANDATARIO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS ESTA FACULTADO PARA DAR EL AVISO DE TERMINACION DE CONTRATO."
Registro digital (IUS): 250491