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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250525
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 51

COMPULSAS O INFORMES DE TERCEROS, VALOR PROBATORIO DE LOS. ARTICULO 83, FRACCION III, DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, VIGENTE EN EL AÑO DE 1977.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 51

Precedentes

Amparo directo 1069/80. Ramón Mateos Pérez. 9 de julio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel.
Registro digital (IUS): 250525