Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/250530
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250530
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 55

CONFLICTOS JURISDICCIONALES. EL JUICIO DE AMPARO ES IMPROCEDENTE PARA RESOLVERLOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 55

Precedentes

Amparo en revisión 442/81. Instituto Mexicano del Seguro Social. 6 de agosto de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes.
Registro digital (IUS): 250530