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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250536
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 60

CONTRATO DE TRABAJO, NO ASOCIACION EN PARTICIPACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 60

Precedentes

Amparo directo 1273/81. Magdalena Arechaga Schott. 3 de septiembre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretario: Eufemio Zamudio Alemán. Amparo directo 553/81. Rosalina Rodríguez Torres. 27 de agosto de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretario: José Manuel Tapia Acebrás. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 151-156, página 207. Amparo directo 1245/80. Peluquería de Señoras, S.A. 28 de noviembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Jorge Octavio Velázquez Juárez.
Registro digital (IUS): 250536