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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 65
DEFENSAS CONTRADICTORIAS. EN MATERIA LABORAL. SE EXCLUYEN Y NULIFICAN.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 65
Si el patrón se excepciona al contestar la demanda, negando la existencia del despido y después trata de demostrar que el despido fue justificado, atendiendo al principio de que lo manifestado por las partes hace prueba en su contra, tal circunstancia evidentemente que le perjudica, resultando jurídicamente imposible que la parte demandada obtenga un laudo absolutorio, por lo que de no estimarlo así la Junta responsable y absolver al patrón de la indemnización constitucional y salarios caídos, viola en perjuicio del trabajador sus garantías individuales.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 741/77. José Vega Camargo. 18 de agosto de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés F. Zárate Sánchez. Secretario: Leobardo Burgos López.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "DEFENSAS CONTRADICTORIAS. SE EXCLUYEN Y NULIFICAN.".