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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250562
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 78

DUPLICA, INADMISION DE LA. AMPARO DIRECTO IMPROCEDENTE CONTRA ESA VIOLACION PROCESAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 78

Precedentes

Amparo en revisión 218/81. Manuel Ramírez Salvador. 24 de julio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Rosalía Moreno Ruiz. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION PROCESAL. AUTO DE INADMISION DE LA DUPLICA. EL AMPARO INDIRECTO ES IMPROCEDENTE EN SU CONTRA.".
Registro digital (IUS): 250562