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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 84
FIRMA FACSIMILAR, DOCUMENTO CON. CARECE DE FUNDAMENTACION Y MOTIVACION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 84
La fundamentación y motivación adecuada que debe contener un mandamiento de autoridad competente precisa constar en un documento público que contenga todos y cada uno de los requisitos para que así pueda considerarse, entre los cuales debe señalarse la firma que a dicho documento estampe la autoridad responsable, debiendo ser siempre auténtica, por lo que una copia facsimilar sin la firma auténtica del original del documento, carece de valor para determinar la debida y legal fundamentación y motivación.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 293/81. Franco Torres Lira. 31 de agosto de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretaria: Silvia Alejandre Rodríguez.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "DOCUMENTO CON FIRMA FACSIMILAR. CARECE DE FUNDAMENTACION Y MOTIVACION.".