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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250592
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 107
LAUDO, EJECUCION DEL, IMPROCEDENTE, EN PERSONA DISTINTA DEL DEMANDADO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 107
Si el trabajador demanda a una persona moral, y al juicio comparece quien se ostenta como propietario de una negociación que funciona con un nombre comercial similar al de la persona moral demandada, y no se le permite intervenir en el procedimiento, el laudo que condena a la persona moral no puede jurídicamente ejecutarse en bienes del propietario de aquella negociación, porque quien no fue oído ni vencido en juicio no tiene por qué soportar las consecuencias de la condena, atentas las garantías que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 51/81. Fernando Vargas Méndez. 20 de octubre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Víctor Ernesto Maldonado Lara.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "LAUDO, EJECUCION DEL.".