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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 113
MANDATO, EJERCICIO SOLIDARIO DEL, POR LOS MANDATARIOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 113
Es inexacto que cuando el mandante confiere poder a dos o más personas, cuyos respectivos nombres aparezcan unidos con la conjunción copulativa "y", ello denote la voluntad del poderdante para que los mandatarios lo ejerzan conjuntamente y no en forma separada, pues la intervención solidaria de los apoderados debe convenirse expresamente en el contrato de mandato, y no inferirse a base de presunciones, como se desprende, sin dudas, del artículo 2573 del Código Civil para el Distrito Federal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 472/81. María del Rosario Barrera Gómez. 14 de agosto de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos.
Notas:
En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "MANDATO. SU EJERCICIO SOLIDARIO POR LOS MANDATARIOS.".
Por ejecutoria de fecha 5 de noviembre de 1997, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 33/97 en que participó el presente criterio.