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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250620
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 132

PERSONALIDAD, FALTA DE. RESOLUCION DE LA JUNTA QUE NO LA DECRETA ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACION RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 132

Precedentes

Amparo en revisión 359/81. Héctor García Navarro. 9 de octubre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretario: Víctor Ruiz Contreras. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "FALTA DE PERSONALIDAD. LA RESOLUCION QUE NO LA DECRETA ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACION RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO.".
Registro digital (IUS): 250620