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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 137
PRESUNCIONES QUE SE DESTRUYEN ENTRE SI. INSPECCION NO EFECTUADA Y CONFESION FICTA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 137
Cuando la parte actora obtiene una presunción derivada de la no presentación de documentos por la demandada, para el desahogo de la prueba de inspección, y a la vez la parte demandada logra la confesión de su contraparte, es de considerarse que tratándose de dos presunciones que se enfrentan una a la otra, ninguna de las dos puede prevalecer, ya que no es dable tener por ciertos al mismo tiempo hechos contradictorios.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 781/81. Jaime Vidal Anastasio. 11 de septiembre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Hugo Arturo Baizábal Maldonado.