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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250643
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 151

QUEJA. NO INTERRUMPE EL TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL NUEVO JUICIO DE GARANTIAS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 151

Precedentes

Improcedencia 32/81. Roberto Alfredo Sedano Gutiérrez. 24 de julio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario. José Montes Quintero. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "QUEJA, RECURSO DE. EN EL AMPARO. NO INTERRUMPE EL TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL NUEVO JUICIO DE GARANTIAS.".
Registro digital (IUS): 250643