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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 163
REVISION ANTE EL PLENO (AHORA SALA SUPERIOR ) DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION INTERPUESTA EN AUSENCIA DEL TITULAR.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 163
No existe disposición alguna en el Código Fiscal de la Federación, en la que se establezca que cuando un autoridad firma el escrito en el que se interpone el recurso de revisión ante la ahora Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, por ausencia del titular de la secretaría o departamento de Estado a que el asunto corresponda, dicha autoridad sustituta deba expresar en su promoción donde estuvo ausente el titular respectivo, en cual momento y por cuanto tiempo, puesto que la parte final del primer párrafo del artículo 241 del código tributario federal, únicamente previene que en caso de ausencia de dichos funcionarios (se refiere a los titulares de las secretarías o departamentos de Estado y a los directores o jefe de los organismos descentralizados, según corresponda el asunto de que se trate), el escrito por el que se interponga el recurso de revisión será firmado por quienes legalmente deban sustituirlos, sin exigir ningún otro requisito para el caso de ausencia de los funcionarios de referencia.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 805/80. La Guardiana, S.A., Compañía General de Fianzas. 4 de septiembre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Salvador Flores Carmona.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION, RECURSO DE, ANTE EL PLENO (AHORA SALA SUPERIOR) DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.".