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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250674
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 175

SENTENCIA EJECUTORIADA. REVISION IMPROCEDENTE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 175

Precedentes

Amparo en revisión 437/81. Celedonio Reyes González. 19 de octubre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretaria: Silvia Alejandre Rodríguez. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION IMPROCEDENTE. SENTENCIA EJECUTORIADA.".
Registro digital (IUS): 250674