Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/250675
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250675
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 176

SENTENCIA FALTA DE NOTIFICACION DE LA, NO RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 176

Precedentes

Amparo directo 1726/80. Silvia Rubio Mendieta. 8 de octubre de 1981. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Guillermo Campos Osorio. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIA, FALTA DE NOTIFICACION DE LA.".
Registro digital (IUS): 250675