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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250686
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 187

SUSPENSION PROVISIONAL, QUEJA IMPROCEDENTE EN CONTRA DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 187

Precedentes

Queja 32/81. Secretario de Comunicaciones y Transportes. 24 de julio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Raymundo Albarrán Corona. Sostienen la misma tesis: Queja 34/81. Secretario de Comunicaciones y Transportes. 24 de julio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Raymundo Albarrán Corona. Queja 31/81. Arki, S.A. 7 de agosto de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Raymundo Albarrán Corona. Informe 1981: Volúmenes 151-156, página 219. Queja 4/79. Constructora y Promotora de Acapulco-Papagayo. 18 de mayo de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Volúmenes 151-156, página 219. Queja 4/79. Procurador Fiscal de la Federación. 30 de marzo de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela.
Registro digital (IUS): 250686