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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 192
TESTIGOS, INTERROGATORIO ILUSTRATIVO A LOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 192
Se del análisis del interrogatorio que el oferente de la prueba testimonial propone se advierte que en las preguntas que lo contienen se proporcionan a los testigos todos los datos respecto de los hechos sobre los cuales deben declarar, sugiriéndoles con ello la respuesta, y por consecuencia privándolos de informar por sí sobre los mismos, dicho interrogatorio es ilustrativo y debe desecharse, por cuanto que esa deficiencia deja a la Junta responsable en la imposibilidad de estimar si los testigos se condujeron con veracidad o mendicidad.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 213/80. Ramón Luna Vázquez. 24 de agosto de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretaria: Lorenzo Palma Hidalgo.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA TESTIMONIAL. INTERROGATORIO ILUSTRATIVO.".