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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250707
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 203

VISITAS DOMICILIARIAS, ACTAS DE AUDITORIA LEVANTADAS CON MOTIVO DE. DEBEN SER FIRMADAS POR TODAS LAS PERSONAS QUE FUERON DESIGNADAS PARA TAL FIN. (CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION ANTERIOR A LAS REFORMAS DE VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL TREINTA DEL MISMO MES Y AÑO).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 203

Precedentes

Amparo directo 314/81. Rafael Gallardo Valdez. 4 de noviembre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ibarrola González. Secretaria: Andrea Madrigal Sánchez. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 145-150, página 300. Amparo directo 950/80. "La Alteña del Centro", Sociedad Anónima. 11 de marzo de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ibarrola González. Secretario: Francisco Javier Villegas Hernández.
Registro digital (IUS): 250707