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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250709
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 223
MARCAS. ANALISIS DE SU POSIBLE CONFUSION.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 223
Si bien este tribunal ha sostenido que para determinar si dos marcas son semejantes en grado de confusión, se debe atender no solo a un análisis minucioso, sino principalmente al efecto que puedan producir en el público consumidor el primer golpe de vista, o al ser pronunciadas rápidamente, ello no significa que quien deba juzgar sobre la semejanza de las marcas no pueda fijarse minuciosamente en sus detalles, para determinar o aclarar el efecto que visual o fonéticamente puedan producir cuando se las lee u oye en forma ordinaria, sin poner atención muy cuidadosa. Pues la impresión subjetiva que las marcas produzcan de momento, puede ser objeto de un análisis cuidadoso, que no olvide que debe atenderse a la primera impresión que dichas marcas produzcan en el público.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 151-156, página 209. Amparo en revisión 487/74. Henkel & Cie. G.M.B.H. 22 de octubre de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 70, página 47. Amparo en revisión 527/74. Henkel & Cie. G.M.B.H. 22 de octubre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Volúmenes 151-156, página 209. Amparo en revisión 204/77. Industrias Valvet de México, S.A. 2 de agosto de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 151-156, página 209. Amparo en revisión 861/79. Brs. Inc. 23 de enero de 1980. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volúmenes 151-156, página 113. Amparo en revisión 527/81. Aqua Mex, S.A. 24 de agosto de 1981. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.