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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 31
AGRAVIOS INOPERANTES. SUSPENSION. NEGATIVA DE LOS ACTOS RECLAMADOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 31
Cuando los agravios expresados contra el otorgamiento de la suspensión se limitan a sostener la inexistencia de los actos reclamados, y resultan inoperantes por plantear cuestiones meramente teóricas, ya que ningún daño puede causar a los derechos de las autoridades (artículo 86 de la Ley de Amparo) el que se suspendan durante la tramitación del amparo actos que según ellas no pretenden ejecutar, se debe estimar que se dejan a salvo los derechos de las autoridades y de los terceros para solicitar la revocación de la interlocutoria por causa superveniente, si se aportan elementos para estimar, para los efectos del incidente, que el mantener las cosas en el estado que guardan puede implicar un peligro manifiesto, inminente y grave a la paz, a la salud o a la seguridad públicas.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 1024/80. Comisariado Ejecutivo, S.A. 11 de marzo de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.