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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250788
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 66

CAREOS. DEBEN PRACTICARSE ENTRE EL OFENDIDO Y EL ACUSADO, CUANDO DIFIERAN EN SUS RESPECTIVAS DECLARACIONES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 66

Precedentes

Amparo directo 634/80. Faustino González Sánchez. 11 de marzo de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Rubén Bretón Cuesta..
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