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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 87
CONTRATO DE TRABAJO, EXISTENCIA NO PROBADA DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 87
La circunstancia de que la parte demandada haya manifestado en una promoción que estaba llegando a un arreglo conciliatorio con el actor, no implica la aceptación tácita de la existencia de la relación laboral, pues el avenimiento de las partes no tiene la consecuencia de probar las acciones ejercitadas, ni tampoco justificar las excepciones opuestas, sino únicamente de evitar el procedimiento contencioso. De otra manera, como la promoción de referencia está firmada también por el actor, el demandado podría interpretarla como el reconocimiento de la existencia de una relación contractual de naturaleza civil y no laboral.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 570/80. Fortunato Esquer Salmón. 27 de enero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés F. Zárate Sánchez. Secretario: Leobardo Burgos López.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO DE TRABAJO, FALTA DE PRUEBAS DEL.".