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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 100
DESPIDO, NEGATIVA DE, Y OFRECIMIENTO ACEPTADO DEL TRABAJO, CUANDO SE CONTROVIERTE EL SALARIO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 100
La aceptación del trabajo ofrecido por el demandado, por necesidad del actor, no implica reconocimiento de que el patrón lo ofreció de buena fe, si existe controversia respecto del salario; pues aun así, a pesar de la reposición en las labores, corresponde al patrón la carga de la prueba para acreditar el verdadero salario devengado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 698/80. Francisco Treviño Mass. 23 de enero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "ACEPTACION DEL TRABAJO OFRECIDO POR EL PATRON. CARGA DE LA PRUEBA.".