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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250865
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 124
FRAUDE COMETIDO MEDIANTE EL USO DE COMPUTADORAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 124
Si el inculpado asentó en la computadora instalada en el banco un depósito ficticio para ser abonado en la cuenta de ahorros que abrió a nombre de su coacusado, quien formuló la ficha de retiro por una suma de dinero cuyo pago hizo la cajera, después de checar con la computadora y comprobar un saldo importante en dicha cuenta, es evidente que el empleo de la computadora por el inculpado resultó un medio de comisión del fraude en esta época de la electrónica, pues al crear una falsa concepción de la realidad, con el propósito de alcanzar un beneficio económico, determinó la existencia del engaño constitutivo de dicho delito.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 344/78. Rogelio Mendoza Reséndiz. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Franco.