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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 203
PRESCRIPCION, BIENES QUE DEJARON DE SER NACIONALES SUSCEPTIBLES DE ADQUIRIRSE POR. SUCESIONES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 203
Si bien es cierto que tratándose de terrenos nacionales no puede correr la prescripción, tal circunstancia no impide que la madre del tercero perjudicado haya poseído los terrenos con animus domini, y que posteriormente, cuando dejaron de ser nacionales, y por lo mismo susceptibles ya de adquirirse por prescripción, haya instituido heredero de sus derechos posesorios a su hijo, siendo el testamento respectivo la causa generadora de la posesión originaria de este último .
TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 208/79. Gabriel Maldonado Molina. 3 de febrero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés F. Zárate Sánchez. Secretario: Tiburcio Ybarra Morales.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "PRESCRIPCION, BIENES QUE DEJARON DE SER NACIONALES SUSCEPTIBLES DE ADQUIRIRSE POR.".