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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250988
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 233

REINCIDENCIA, IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 233

Precedentes

Amparo directo 137/80. Francisco Armando Delgadillo Carrizoza. 23 de junio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretario: Armida Elena Rodríguez Celaya. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "REINCIDENCIA. IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LA (LEGISLACION DE SONORA).".
Registro digital (IUS): 250988