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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 251003
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 247
SALARIO MINIMO. CORRESPONDE AL PATRON LA CARGA DE LA PRUEBA DE HABERLO CUBIERTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 247
Si al trabajador actor en la nómina de pagos se le asigna un salario inferior al mínimo y el patrón no justifica las causas o motivos por las cuales se le cubría ese pago y no el que le correspondía al mínimo legal vigente en la zona económica de la prestación del servicio, al arrojar la Junta responsable, la carga de la prueba al patrón para justificar sus excepciones, con ello no incurre en violación de garantías.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 38/79. Raúl Almaguer Saucedo. 20 de febrero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretario: Aureliano Pulido Cervantes.